ERTE de fuerza mayor

Medidas sociales en defensa del empleo: nuevos ERTES.

ERTE DE FUERZA MAYOR TOTAL.

Se considera aquellas empresas que a 13 de mayo de 2020 no puedan reiniciar su actividad y contaran ya con un ERTE.

Se mantendrá la exoneración de cuotas a la seguridad social durante los meses de mayo y junio.

 

ERTE DE FUERZA MAYOR PARCIAL.

Se considera desde el momento en que aquellas empresas que contando con un ERTE puedan reiniciar, aunque sea parcialmente su actividad.

 

erte de fuerza mayor

Se comunicará al SEPE la variación de datos referente a la solicitud inicial y en el plazo de 15 días se presentará a la autoridad laboral la renuncia total al ERTE.

En cuanto a la exoneración de cuotas a la seguridad social en estos casos se distingue entre:

a.-Empresas con menos de 50 trabajadores:

  • Trabajadores que reinicien 85% mayo y el 70% en junio.
  • Trabajadores que se queden 60% en mayo y el 45% en junio.

b.- Empresas con menos de 50 trabajadores:

  • Trabajadores que reinicien 60% mayo y el 45% en junio.
  • Trabajadores que se queden 45% en mayo y el 30% en junio.

 

Para la obtención de estas exenciones se comunicará a la TGSS el tipo de ERTE y la identificación de las personas afectadas y periodo de suspensión o reducción de jornada.

Presentar para cada código de cuenta de cotización declaración responsable antes del cálculo de liquidación de cuotas a través del Sistema RED.

NO podrán aplicarse las exoneraciones:

  • Las empresas y entidades domiciliadas en un país o territorio certificado como paraíso fiscal.
  • Aquellas que teniendo más de trabajadores a 29 de febrero de 2020 repartan dividendos.

 

Procedimiento de regulación temporal de empleo basado en causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP)

Este procedimiento se puede iniciar estando vigente el ERTE.

Si se inicia tras la finalización del ERTE COVID, la fecha efectos se retrotrae a la fecha de finalización del ERTE.

Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo. Publicado el miércoles 13 de mayo de 2020, entra en vigor el mismo día

https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/13/pdfs/BOE-A-2020-4959.pdf

 

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