Fase 1: Contacto social

Con el 51% de la población española en Fase 1, las normas del Contacto social serán:

Circulación de personas

Se puede circular por la provincia.

Se puede circular por el territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.

 

Velatorios y entierros

Máximo de 15 personas al aire libre o 10 personas en espacio cerrado.

La comitiva para enterramiento o cremación se restringe a un máximo de 15 personas.

contacto social fase 1

 

Lugares de culto

Límite da aforo 1/3.

Cálculo para el aforo máximo, si no se tiene determinado el máximo:

  1. Asientos individuales, con un metro de distancia entre asientos.
  2. Bancos, una persona cada metro lineal.
  3. Espacios sin asientos: 1 persona por metro cuadrado de superficie.
  4. Del computo del espacio no se tendrá en cuenta los pasillos, vestíbulos, lugar de presidencia, colaterales, patios y sanitarios.

Calculado de esta forma el aforo máximo, se determina el 1/3 del mismo. Se señalizarán los asientos a ocupar o se facilitará la distribución de los lugares a ocupar.

Debe publicarse en lugar visible el aforo máximo.

No se podrán realizar cultos en el exterior ni en la vía pública.

Los asistentes al culto deberán:

  1. Usar mascarilla.
  2. Antes de la celebración deberá realizarse tareas de desinfección de los espacios utilizados o a utilizar. Durante el desarrollo de la celebración se desinfectarán los objetos que se tocan con frecuencia.
  3. Organizarse entradas y salidas para que no existan aglomeraciones en las zonas de acceso.
  4. Siempre a la entrada al lugar de culto habrá dispensadores de geles hidroalcohólicos.
  5. No se permite el uso de agua bendecida y las abluciones rituales se realizarán en casa.
  6. En el caso de sentarse en el suelo, se usarán alfombras personales y el calzado se depositará en un lugar estipulado, deberán estar embolsados y por separado.
  7. Se evitará el contacto personal, la distribución de objetos, libros o folletos, tocar o besar objetos de devoción y la actuación de coros.

Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional aplicables a la FASE1, publicado en el BOE el 9 de mayo y entrada en vigor el 11 de mayo.

https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/09/pdfs/BOE-A-2020-4911.pdf

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