Fase 1: Normas para las actividades de hostelería y restauración

Comienza la fase 1 de desescalada para el 51% de la población española y la normativa referente al uso de terrazas es la siguiente:

Reapertura al público de terrazas de los establecimientos de hostelería y restauración

Se entiende por terraza al aire libre todo espacio no cubierto o aún estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de 2 paredes, muros o paramentos.

Se autoriza con un 50% de las mesas permitidas en el año anterior para terraza, salvo que el Ayuntamiento permita un incremento de mesas, en cuyo caso el 50% se calculará sobre dicho aumento.

Deberá haber 2 metros entre cada mesa o agrupación de mesas.

Se autoriza la reunión de 10 personas por mesa o agrupación de mesas.

terrazas covid 19

Medidas de higiene y/o prevención en la prestación del servicio en terrazas

  1. Limpieza de mesas y sillas entre cada uso de cliente.
  2. Preferible la mantelería de un solo uso. Si no es posible, debe cambiarse el mantel entre un uso y otro.
  3. Estar a disposición de los clientes geles hidroalcólicos con actividad virucida autorizado.
  4. Se fomentará el uso de la tarjeta de crédito. Se limpiará el datáfono después de cada uso.
  5. Evitar el uso de cartas, optando por dispositivos electrónicos propios, pizarras, carteles.
  6. La vajilla, cristalería, cubertería, mantelería se almacenará en recinto cerrado lejos de la zona de paso de clientes y trabajadores.
  7. No habrá autoservicio de servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras etc… se prioriza la monodosis bajo petición del cliente.
  8. En los aseos no podrá haber mas de 1 persona.

Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional aplicables a la FASE 1, publicado en el BOE el 9 de mayo y entrada en vigor el 11 de mayo.

https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/09/pdfs/BOE-A-2020-4911.pdf

 

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