Fase 1: Normas para locales y establecimientos en los que se desarrollen actos y espectáculos culturales

No se podrá superar 1/3 del aforo autorizado y si el local es cerrado no podrá haber mas de 30 personas en total y si es al aire libre el aforo no podrá ser superior a 200 personas.

Se recomiendas la venta online de entradas. Entradas y asientos numerados

Espectadores deberán estar sentados y con las distancias de seguridad

Se marcará en el suelo la distancia de seguridad.

No se entregará libreto.

teatro

Las puertas se abrirán con tiempo suficiente para permitir la entrada y salida escalonada.

Se recomienda que no existan pausas intermedias en los espectáculos.

No habrá servicio complementario al espectáculo tal como tienda, cafetería o guardarropa.

Se realizarán avisos, antes y después de la actuación que anuncien las medidas de higiene y distanciamiento.

La distancia, dentro de lo posible entre trabajadores de sala y público será de 2 metros.

Los establecimientos y locales, cerrados o al aire libre, que abran al público realizarán, la limpieza y desinfección de los mismos al menos una vez al día, previa a la apertura al público, además de las establecidas con carácter general para todos los establecimientos y entre espectáculo y espectáculo, en caso de haber varios seguidos.

Deberán disponer de gel hidroalcohólico a disposición del público aunque sea al aire libre.

El establecimiento deberá de proceder a la limpieza y desinfección de los aseos al inicio y al final de cada representación, así como tras los intermedios o pausas.

Cuando haya varios artistas simultáneamente en el escenario, la dirección artística procurará que se mantenga la distancia sanitaria de seguridad.

Tanto en las representaciones como en los ensayos se garantizará la limpieza y desinfección de todas las superficies e instrumentos con las que puedan entrar en contacto los artistas antes de cada ensayo. El vestuario no se compartirá en ningún momento por diferentes artistas si no se ha realizado una limpieza y desinfección previa del mismo.

Los equipos o herramientas de comunicación deberán ser personales e intransferibles. Si un equipo debe ser manipulado por diferentes personas, debe desinfectarse antes de cada uso.

Consulta las Normas generales para todas las actividades en la Fase I

Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional aplicables a la FASE1, publicado en el BOE el 9 de mayo y entrada en vigor el 11 de mayo.

https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/09/pdfs/BOE-A-2020-4911.pdf

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