¿Se pueden hacer reformas en viviendas o locales?
La orden SND/385/2020, que se publicó ayer en el BOE y que entra en vigor hoy 3 de mayo, modifica la Orden SND/340/2020 publicada el 12 de abril y permite realizar las siguientes obras:
Las obras que se realicen en locales, viviendas u otras zonas delimitadas del edificio no habitadas, o a las que no tengan acceso los residentes mientras duren las obras, siempre que se cumplan todas las siguientes condiciones:
a) Se limite la circulación de trabajadores y materiales por zonas comunes no sectorizadas, y se adopten todas las medidas oportunas para evitar, durante el desarrollo de la jornada, el contacto con los vecinos del inmueble.
b) El acceso y salida de esos locales, viviendas o zonas se produzca al inicio y a la finalización de la jornada laboral.
c) Los trabajadores adopten las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.

También las obras que por el tipo de intervención, por las circunstancias de sectorización del inmueble o delimitación de espacios y recorridos de circulación, no se produzca interferencia alguna con las personas no relacionadas con la actividad de la obra.
En todos los casos mencionados anteriormente, se permite el acceso a zonas no sectorizadas del edificio, para la realización de las operaciones puntuales de conexión con las redes de servicios del edificio que sean necesarias para acometer las obras.
https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/03/pdfs/BOE-A-2020-4790.pdf